LEA
Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía (LEA).
- LEA (Texto completo)
- Exposición de motivos
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Título preliminar: Disposiciones generales
- Objeto y ámbito de aplicación de la Ley.
- Programación general de la enseñanza.
- Sistema Educativo Público de Andalucía.
- Principios del sistema educativo andaluz.
- Objetivos de la Ley
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Título I. La comunidad educativa
- Capítulo I. El alumnado
- Sección 1.ª Derechos y deberes
- Sección 2.ª Asociaciones del alumnado
- Capítulo II. El profesorado
- Sección 1.ª La función pública docente
- Sección 2.ª Selección y provisión
- Sección 3.ª Formación
- Sección 4.ª Promoción profesional, reconocimiento, apoyo y valoración de la actividad docente
- Sección 5.ª Asociaciones profesionales del profesorado
- Capítulo III. Personal de administración y servicios y de atención educativa complementaria
- Capítulo IV. Las familias
- Sección 1.ª Participación en el proceso educativo
- Sección 2.ª Asociaciones de padres y madres del alumnado
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Título II. Las Enseñanzas
- Capítulo I. El currículo
- Capítulo II. Educación infantil
- Capítulo III. Educación básica
- Sección 1.ª Aspectos generales
- Sección 2.ª Educación Primaria
- Sección 3.ª Educación Secundaria Obligatoria
- Capítulo IV. Bachillerato
- Capítulo V. Formación profesional
- Capítulo VI. Enseñanzas artísticas
- Sección 1.ª Enseñanzas elementales de música y de danza
- Sección 2.ª Enseñanzas artísticas profesionales
- Sección 3.ª Enseñanzas artísticas superiores
- Sección 4.ª El instituto andaluz de enseñanzas artísticas superiores
- Capítulo VII. Enseñanzas especializadas de idiomas
- Capítulo VIII. Enseñanzas deportivas
- Capítulo IX. Educación permanente de personas adultas
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Título III. Equidad en la Educación
- Capítulo I. Alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo
- Sección 1.ª Aspectos generales
- Sección 2.ª Recursos humanos, medios materiales y apoyos
- Capítulo II. Residencias escolares
- Capítulo III. Gratuidad, becas y ayudas
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Título IV. Centros docentes
- Capítulo I. Autonomía pedagógica, organizativa y de gestión
- Capítulo II. La función directiva
- Capítulo III. Órganos colegiados de gobierno y de coordinación docente
- Sección 1.ª Consejo Escolar
- Sección 2.ª Claustro de profesorado
- Sección 3.ª Órganos de coordinación docente y de orientación en los centros públicos
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Título V. Redes y zonas educativas. Descentralización y modernización administrativa
- Capítulo I. Redes educativas
- Capítulo II. Descentralización educativa
- Sección 1.ª Las Zonas Educativas
- Sección 2.ª Servicios de apoyo a la educación
- Sección 3.ª La Inspección Educativa
- Capítulo III. Administración educativa electrónica
- Título VI. Evaluación del sistema educativo
- Capítulo I. Requisitos, finalidades y ámbitos
- Capítulo II. Evaluación del sistema educativo y de los centros docentes
- Capítulo III. La Agencia Andaluza de Evaluación Educativa
- Título VII. Cooperación de otras Administraciones y Entidades
- Capítulo I. Cooperación entre la Administración educativa y las Corporaciones locales
- Sección 1.ª Aspectos generales
- Sección 2.ª Cooperación en la creación, conservación, mantenimiento y vigilancia de los centros docentes
- Sección 3.ª Cooperación en la prestación del servicio educativo y en la realización de actividades o servicios complementarios
- Capítulo II. Cooperación entre la Administración educativa y las universidades
- Capítulo III. Cooperación entre administraciones educativas
- Capítulo IV. Colaboración de otras entidades
- Sección 1.ª El voluntariado
- Sección 2.ª Censo de entidades colaboradoras de la enseñanza
- Sección 3.ª Organizaciones empresariales y sindicales
- Sección 4.ª Medios de comunicación social
- Título VIII. Gasto público en educación
- Disposiciones
- DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA. Gratuidad de los estudios de bachillerato, formación profesional inicial y enseñanzas artísticas profesionales de artes plásticas y diseño.
- DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA. Datos personales del alumnado.
- DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA. Centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil.
- DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA. Profesorado de religión.
- DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA. Acceso a la enseñanza posobligatoria de la población extranjera.
- DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA. Acceso a la función pública docente.
- DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA. Personal interino mayor de cincuenta y cinco años.
- DISPOSICIÓN TRANSITORIA TERCERA. Personal interino asimilado al cuerpo de profesores especiales de institutos técnicos de enseñanzas medias.
- DISPOSICIÓN TRANSITORIA CUARTA. Personal laboral fijo que realiza funciones docentes en los centros y secciones de educación permanente.
- DISPOSICIÓN TRANSITORIA QUINTA. Personal laboral fijo de centros dependientes de administraciones no autonómicas.
- DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEXTA. Transformación de conservatorios elementales de música en profesionales.
- DISPOSICIÓN TRANSITORIA SÉPTIMA. Requisitos mínimos de los centros que impartan el primer ciclo de la educación infantil.
- DISPOSICIÓN TRANSITORIA OCTAVA. Personal funcionario del cuerpo de maestros adscrito al primer ciclo de la educación secundaria obligatoria.
- DISPOSICIÓN TRANSITORIA NOVENA. Aplicación de las normas reglamentarias.
- DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA. Modificación de la Ley 4/1984, de 9 de enero, de Consejos Escolares.
- DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA. Composición y funciones del Consejo Andaluz de Enseñanzas Artísticas Superiores.
- DISPOSICIÓN FINAL TERCERA. Desarrollo de la Ley.
- DISPOSICIÓN FINAL CUARTA. Entrada en vigor.